SE DEBEN SANCIONAR A SERVIDORES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE COMETAN DELITOS EN MATERIA ELECTORAL: MARTÍN MATRECITOS.

*SE DEBEN SANCIONAR A SERVIDORES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE COMETAN DELITOS EN MATERIA ELECTORAL: MARTÍN MATRECITOS.*

Hermosillo, Sonora (26 de septiembre de 2019).- Contemplar que los servidores y funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno que incurran en delitos electorales reciban sanciones e infracciones, es el objetivo de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y al Código Penal del Estado de Sonora, que presentó el diputado de MORENA Martín Matrecitos Flores.

 

El legislador del IX distrito, explicó que actualmente en le legislación local la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, no contempla de manera clara como sujeto activo en la comisión de los delitos electorales la figura del servidor o funcionario público, haciendo hincapié que los artículos 4°, 281 y 282 de dicha ley, solamente se refiere a los funcionarios electorales.

 

Destacó que en el glosario de conceptos establecido en el artículo 4°, a los servidores o funcionarios públicos no se les considera dentro del marco de sanciones de la ley, por lo cual hace una observación al artículo 281 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora el cual señala que solo se les puede imponer sanciones a los partidos políticos, agrupaciones políticas, aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular.

 

“Se puede ver claramente que no contempla sanciones a los servidores y funcionarios públicos en el ejercicio de su cargo. Solamente se estipulan los actos anticipados de campaña por parte del servidor público como infracción y posible delito electoral, pero no se señala infracción y sanción por coacción de parte del funcionario electoral o de cualquier servidor por vulnerar la voluntad del ciudadano”, comentó.

 

Matrecitos Flores afirmó que es importante reconocer las acciones que están tomando las autoridades electorales y evitar que los ciudadanos sufran algún tipo de coacción por parte de servidores o funcionarios que manejen programas, recursos o documentos para influir en el sentido del voto ciudadano o para generar abstencionismo evitando con ello que se cumpla con un deber cívico.

 

Por ello se busca reformar los artículos 4°, 281 y 282, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, así como modificar el Código Penal de Sonora, para prevenir problemas de impunidad y corrupción respecto a servidores y funcionarios públicos que afecten la equidad electoral.

 

La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para su análisis y dictaminación.

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