*PROPONE DIPUTADO MARTÍN MATRECITOS MAYOR NÚMERO DE DESFIBRILADORES EN ESPACIOS PÚBLICOS.*
Hermosillo, Sonora (13 de febrero de 2020).- Para reducir los eventos por muerte súbita cardíaca, el diputado del Grupo Parlamentario de MORENA, Martín Matrecitos Flores, propuso que se coloquen desfibriladores en inmuebles públicos y privados con una afluencia que alcance o supere las 500 personas en 24 horas, de lo contrario se clausurará el inmueble y se aplicarán sanciones a los propietarios.
El legislador morenista por el IX distrito propuso reformar los artículos dos, fracción X; tercer; cuarto; séptimo y 16 y adicionar los artículos cuarto BIS, 17; 18; 19; 20 y 21 de la Ley de Cardioprotección para el Estado de Sonora, con el objeto de atender de manera inmediata a quien presente problemas cardíacos en lugares públicos.
Explicó que las enfermedades del corazón son la primera causa de muerte en adultos en el Estado, entre ellas destaca el infarto. Se registran aproximadamente 6 mil 700 muertes al año en Sonora, de las cuales mil 541 de las defunciones son por cardiopatía. En promedio cuatro personas fallecen al día por este padecimiento.
“Para evitar eventos de muerte súbita cardiaca en cualquier inmueble, espacio o evento público, es necesario que la Ley defina con claridad cuáles serán consideradas como áreas o terrenos cardioprotegidos, puesto que la definición actual que nos da el artículo cuarto es ambigua lo que origina confusión y discrecionalidad en cuanto a determinar quién o quienes están obligados a tener un desfibrilador automático externo en sus instalaciones”, comentó.
Matrecitos Flores detalló que se consideran áreas o terrenos cardioprotegidos los inmuebles públicos y privados que tengan una afluencia que alcance o supere las 500 personas en 24 horas como son los edificios, escuelas en todos sus
niveles académicos, oficinas, espacios turísticos y cualquier lugar de descanso o esparcimiento.
Propuso que el Centro Regulador de Urgencias Médicas sea la unidad administrativa encargada de realizar la identificación, notificación y supervisión de los territorios cardio protegidos, la cual estará adscrita a la Secretaría de Salud y será apoyado por la Coordinación Estatal de Protección Civil.
Subrayó que los propietarios o administradores de los inmuebles, organizadores o responsables de eventos considerados como áreas o terrenos cardioprotegidos serán sancionados por 15 a 300 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en caso de incumplir con lo dispuesto en la Ley.
Además, serán sancionados con una multa equivalente de 50 a 100 unidades de medida y actualización diaria a los propietarios o administradores de los inmuebles, organizadores o responsables de eventos considerados como áreas o terrenos, además de ser clausurados los eventos por incumplir con las normas.
Cabe mencionar que las multas serán impuestas por el Centro Regulador de Urgencias Médicas, las cuales serán considerados como créditos fiscales para el efecto de que sean cobradas a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal del Estado de Sonora.
La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Salud para su análisis y posterior dictaminación, a la cual se sumó la diputada del Grupo Parlamentario de PRI, Rosa Icela Martínez Espinoza.