Hermosillo, Son., marzo 9 de 2021.- Los delitos cometidos por servidores públicos que actualmente establece el Código Penal para el Estado de Sonora serán denominados delitos por hechos de corrupción, de acuerdo al Decreto aprobado en sesión del Pleno, mismo que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la legislación punitiva, a efecto de agravar penalidades a quienes incurran en acoso sexual, estupro, violación o su equiparable, entre otras conductas.
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos presentó a la asamblea el proyecto, el cual obtuvo votación por unanimidad y se sustenta en 19 iniciativas presentadas por el grupo parlamentario del PAN, así como por los diputados Rodolfo Lizárraga Arellano, Marcia Lorena Camarena Moncada, Orlando Salido Rivera, Luis Armando Colosio Muñoz, Lázaro Espinoza Mendívil, Rosa María Mancha Ornelas, Miroslava Luján López, Norberto Ortega Torres, Ernestina Castro Valenzuela, Martín Matrecitos Flores, Luis Mario Rivera Aguilar y María Alicia Gaytán Sánchez.
En esta sesión ordinaria rindieron protesta al cargo de diputados locales de esta Sexagésima Segunda Legislatura, los ciudadanos Daniel Palafox Suárez, Héctor Manuel Piñuelas León y María Teresa Valenzuela Muñoz, ante las licencias aprobadas a los diputados Rodolfo Lizárraga Arellano, Héctor Raúl Castelo Montaño y Diana Platt Salazar, respectivamente.
En el punto de la correspondencia, los diputados Eduardo Urbina Lucero, Jorge Villaescusa Aguayo, Alejandra López Noriega y María Magdalena Uribe Peña, solicitaron fuera turnado a comisiones el escrito presentado por la ciudadana Nancy Norma Olivia Burruel, representante del movimiento Poder Sonora, por medio del cual solicitó se expida una ley de protección integral de los derechos humanos de las mujeres embarazadas y de los niños por nacer.
La iniciativa sería turnada a la Comisión de Examen Previo y Procedencia Legislativa, por tratarse de una solicitud ciudadana, por lo que al sumarse los legisladores mencionados a dicha propuesta, la Presidencia la turnó a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y para la Igualdad de Género.
También se dio cuenta en correspondencia de las licencias solicitadas, sin goce de sueldo, de los diputados Lázaro Espinoza Mendívil, Jesús Alonso Montes Piña y Leticia Calderón Fuentes, con efectos a partir del 5 de marzo y hasta el 13 de junio del presente, las cuales se encuentran aprobadas en sus términos, como lo establece el Artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, informó la presidenta de la mesa directiva, diputada Alejandra López Noriega.
En el desarrollo de esta ordinaria, el primer dictamen aprobado se refiere al Decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado de Sonora, a cuyo resolutivo dio lectura, a nombre de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el diputado Jesús Eduardo Urbina Lucero.
Expuso que la dictaminadora, a efecto de realizar una debida socialización de 19 iniciativas presentadas en diversas fechas por diputadas y diputados de esta LXII Legislatura, llevó a cabo mesas técnicas en esta sede legislativa, con el fin de enriquecer el resolutivo que sería presentado al Pleno, con la opinión de todos los involucrados en el proceso legislativo y de los operadores de la Ley en materia Penal.
Participaron asesores jurídicos de todos los grupos y representaciones parlamentarias, así como representantes del Poder Judicial del Estado, de la Fiscalía General de Justicia del Estado y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, agregó el legislador.
“Las iniciativas en estudio contienen propuestas que buscan fortalecer diversos tipos punibles establecidos del Código Penal del Estado de Sonora, con la finalidad de brindar una mayor protección a las víctimas de diversos delitos, especialmente inhibiendo la comisión de las conductas que previenen los mismos y que lesionan a nuestra sociedad, además de otorgar, en general, una mayor certeza jurídica a los sonorenses en relación a los supuestos punibles previstos en ese texto penal”, expresó.
En el Decreto se modificó la denominación del Título Séptimo: delitos cometidos por servidores públicos para quedar en delitos por hechos de corrupción, para lo cual se determinó reformar todos los artículos de los delitos cometidos por los servidores públicos en los que se impone inhabilitación, ya que en ellos se incluyen plazos de inhabilitación menores establecidos en las fracciones del párrafo quinto del Artículo 178, lo cual representaría una contradicción entre disposiciones normativas, ante lo cual el Juez debe atender a los de menor plazo.
De manera adicional a las sanciones para cada una de las conductas, se impondrá a los responsables la pena de destitución y la inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, concesiones de prestación de servicio público o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado y de los municipios, por un plazo de uno a 50 años, bajo los siguientes criterios:
I.- Será por un plazo de uno hasta diez años cuando no exista daño o perjuicio o cuando el monto de la afectación o beneficio obtenido por la comisión del delito no exceda de doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización;
II.- Será por un plazo de diez a hasta veinticinco años si dicho monto excede el límite señalado en la fracción anterior y no exceda de mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; y
III.- Será por un plazo de veinticinco a cincuenta años si dicho monto excede el límite superior señalado en la fracción anterior o en caso de reincidencia.
Los delitos son: abuso de autoridad o incumplimiento de un deber legal, desaparición forzada de personas, coalición, cohecho, peculado, concusión, uso indebido de atribuciones y facultades, y tráfico de influencias.
Se incluye en el Código Penal un Capítulo XII BIS: Delitos cometidos en la custodia o guarda de documentos, con sus respectivos artículos, así como mayores sanciones para conductas como acoso sexual, que de dos a cuatro años quedó en cuatro a ocho años de prisión; el estupro, de dos a cuatro años pasó a tres a seis años de cárcel; y la violación quedó en 15 a 25 años. Actualmente la penalidad va de ocho a 20 años de prisión.
En el Título Décimo Quinto del Código Penal: Delitos contra la paz y seguridad de las personas, la asamblea aprobó cambiar la denominación del Capítulo II, para quedar como: allanamiento de morada, asalto y del delito de desplazamiento forzado interno. Este último se castigará con pena de dos a ocho años de prisión y multa de 150 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
También se adicionó el Capítulo IV: Cobranza extrajudicial ilícita, la cual se castigará de uno a cuatro años de cárcel, y una multa de 20 a 50 veces el valor diario de la UMA, mientras que la penalidad de tres a nueve años de prisión y de 20 a 200 días multa, se amentarán en una mitad cuando el delito de privación ilegal de la libertad fuere cometido contra una persona migrante o extranjero, indígena, discapacitada, en condiciones de pobreza extrema, menor de edad o mujer embarazada, y si se comete en el interior de las instituciones educativas o en sus inmediaciones.
Otras disposiciones aprobadas son: aumentar la pena máxima por el delito de feminicidio a 70 años; se crea el delito de abigeato de colonias de abejas y sus productos; el delito de violencia familiar se perseguirá de oficio; se crea el delito de quema de gavilla o esquilmos, con una pena de dos a seis años y multa de mil a 2 mil 500 UMA; y en los casos de maltrato animal, la pena será de dos a cuatro años de prisión si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, sanción que el Código Penal actualmente castiga con un año dos meses a tres años de cárcel.
El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.
Aprueban Decreto y acuerdos
En esta sesión ordinaria, la asamblea aprobó el Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de Gobierno y Administración Municipal, a efecto de que los presidentes municipales junto con los integrantes del Ayuntamiento electo, previo a la toma de protesta del cargo, puedan recibir capacitación del Gobierno del Estado para el desempeño de sus atribuciones.
La Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales estudió la iniciativa presentada por el diputado Jorge Villaescusa Aguayo, quien planteó que de manera obligatoria y oportuna reciban capacitación en el manejo de la cuenta pública municipal por parte del Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización, por lo menos, el tesorero municipal, el titular del órgano de control y evaluación gubernamental, y el titular de la dependencia de obras públicas municipales, dentro de un plazo no mayor a sesenta días posteriores a la instalación del Ayuntamiento.
El Pleno aprobó dos acuerdos con exhortos, el primero dirigido al titular de la Comisión Nacional del Agua, para que informe cuántas concesiones de aprovechamiento de aguas subterráneas y a qué personas físicas y/o morales se han otorgado en el municipio de Cananea, Sonora, así como la vigencia de las mismas.
El diputado Carlos Navarrete Aguirre planteó además que el titular de la Comisión Estatal del Agua del Estado de Sonora informe el número de concesiones de aprovechamiento de agua subterránea con las que esta cuenta en el municipio de Cananea y cuántas operan actualmente.
El segundo Acuerdo resuelve exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que reforme y adicione el Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, específicamente el contenido del Artículo 60, propuso la diputada Marcia Lorena Camarena Moncada.
Sostuvo que busca que los establecimientos con permiso general para la fabricación o para compraventa de artificios pirotécnicos puedan vender a los particulares cualquier cantidad, siempre y cuando cuenten con permiso de la Comandancia de la Zona Militar o Guarnición Militar correspondiente, así como para que los centros de confinamiento al aire libre para explotar los juegos pirotécnicos sean regulados por la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Gobernación.
La Presidencia turnó a comisiones tres iniciativas, la primera con proyecto de decreto que reforma el Artículo 168, párrafo cuarto de la Ley de Agua del Estado de Sonora, presentada por el diputado Miguel Ángel Chaira Ortiz, quien propuso precisar que la no suspensión del servicio de agua en caso de emergencia o contingencia sanitaria solo se otorgue a la población más vulnerable en los municipios. Se turnó a la Comisión del Agua para su estudio.
Las comisiones de Educación y Cultura, y de Atención a Grupos Vulnerables de la Sociedad, estudiarán un proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de cultura física y deporte del Estado de Sonora, y de la Ley de los derechos de las personas adultas mayores del Estado de Sonora, presentado por los diputados Fermín Trujillo Fuentes y Francisco Javier Duarte Flores.
El objetivo es promover programas de activación física para adultos mayores mediante la atención a la vejez sonorense, no solo a través de medicamento sino también dar los espacios para beneficiarlos en su salud física, mental y social, ya que estas personas, como entes biopsicosociales, tienen sus propias características y necesidades en su etapa de vida.
“De ahí que surja con gran importancia la propuesta de activación física en adultos y adultos mayores para ser evaluados y promovidos a aceptar la actividad física como una actividad protectora de la funcionalidad y habilidades de la vida diaria”, expresó el diputado Trujillo Fuentes.
Y la Comisión de Salud estudiará la iniciativa presentada por el diputado Luis Armando Colosio Muñoz, con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora, ISSSTESON.
Explicó que busca se supriman ciertas disposiciones contenidas en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora, que retienen cierto porcentaje de la pensión del asegurado para cubrir sus cuotas de seguridad social.
Agregó que dichas retenciones no están constitucionalmente permitidas, debido a que las contribuciones que se mencionan en la fracción I del Artículo 25 de la citada legislación no deben ser retenidas de las prestaciones de seguridad social, por el hecho de que estas ya habían sido cotizadas por los trabajadores en activo, por lo que debe cesar su aplicación por parte de la autoridad administrativa.
Antes de la clausura de la sesión, los diputados Orlando Salido Rivera y María Magdalena Uribe Peña, presentaron posicionamientos en relación con el anuncio del regreso a clases presenciales y la conmemoración del Día Internacional de la Mujer el pasado 8 de marzo, respectivamente.
Es importante recordar que a pesar de todas las medidas de protección todavía existe el riesgo de contagio de coronavirus en la entidad, por lo que el ciclo escolar debe continuar a distancia para iniciar el siguiente ciclo de manera presencial, cuando seguramente los maestros ya estarán vacunados, sostuvo Salido Rivera.
La diputada Uribe Peña convocó por su parte al Congreso del Estado a ser sensible a las desigualdades y exigencias de las mujeres mexicanas, que solo quieren vivir en un ambiente de paz, de respeto e igualdad.
La próxima sesión del Pleno se citó para este jueves 11 de marzo, a las 10:00 horas y será virtual, conforme al Acuerdo de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.